jueves, diciembre 19, 2024

Corte Suprema restablece requisito para el uso de píldoras abortivas

Pamela Cruz. Península 360 Press [P360P].

La Corte Suprema de EE. UU. emitió este martes su primer fallo en el tema del aborto, pues restableció un requisito federal para aquellas mujeres que buscar interrumpir sus embarazos mediante medicamentos, pues se les pide que recojan en persona la pastilla con su proveedor médico.

El fallo se da en medio de una pandemia por COVID-19, lo que limita a muchas mujeres para poder acceder a los medicamentos.

De acuerdo con el diario The New York Times –TNYT–, el presidente del Tribunal Supremo, John G. Roberts Jr., dijo que el fallo fue limitado y que se sometió a las opiniones de los expertos.

«Aquí, como en contextos relacionados con las respuestas del gobierno a la pandemia… mi opinión es que los tribunales deben una deferencia significativa a las entidades políticamente responsables con los antecedentes, la competencia y la experiencia para evaluar la salud pública», subrayó.

Por su parte, la jueza Sonia Sotomayor refirió que «las leyes de este país han señalado durante mucho tiempo a los abortos para un tratamiento más costoso que otros procedimientos médicos que conllevan riesgos similares o mayores».

En ese sentido, precisó que mantener los requisitos para obtener el medicamento en persona durante la pandemia, «no solo trata el aborto de manera excepcional, sino que impone una carga indebidamente innecesaria, irracional e injustificable a las mujeres que buscan ejercer su derecho a escoger», por lo que sugirió que la próxima administración deberá revisar el tema.

«Uno solo puede esperar que el gobierno reconsidere y muestre mayor cuidado y empatía por las mujeres que buscan cierto grado de control sobre su salud y vida reproductiva en estos tiempos inquietantes», dijo Sotomayor.

Los abortos con medicamentos están permitidos en las primeras 10 semanas de embarazo, donde alrededor de 60 por ciento de dichas interrupciones en esas semanas, usan dos medicamentos en lugar de cirugía.

La mifepristona es el primer medicamento en utilizarse, este bloquea los efectos de la progesterona, hormona sin la cual el revestimiento de las paredes uterinas comienza a descomponerse; mientras que el segundo medicamento es el misoprostol, comprimido que induce contracciones en el útero para expulsar su contenido.

Así, las mujeres que busquen detener su embarazo durante las primeras 10 semanas, deberán ir en persona a recoger la mifepristona y firmar un formulario, incluso si ya habían consultado a su médico de manera remota, mientras que en el caso del misoprostol no es necesario acudir en persona, pues incluso puede ser solicitado a domicilio.

La Unión Estadounidense de Libertades Civiles, que representa a las clínicas de aborto que desafían las reglas de la Administración de Alimentos y Medicamentos –FDA, por sus siglas en inglés–, dijo que no ha surgido evidencia durante la pandemia que demuestre que es más riesgoso para los pacientes recibir las píldoras en casa que en una clínica. 

En diciembre de 2020, el mismo grupo argumentó ante la Corte Suprema, que con el aumento del virus en todo el país, el restablecimiento de las reglas «sometería a los pacientes a riesgos de salud graves e innecesarios».

A la solicitud de la suspensión del requisito, se sumó el Colegio Estadounidense de Obstetras y Ginecólogos, pues consideraron que no había ninguna buena razón para requerir una visita al consultorio, cuando el medicamento puede enviarse por correo.

Península 360 Press
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