Por Pamela Cruz. Península 360 Press [P360P]
La pandemia por COVID-19 está dejando a su paso graves estragos en la economía. Para muchos es inviable cubrir el alquiler de vivienda, sobre todo para quienes han perdido su empleo y son inmigrantes. Por esta razón, expertos y socios del condado de Los Ángeles realizaron una sesión informativa para resolver dudas de cómo acceder a la ayuda y así prevenir desalojos.
El 28 de junio de este año, el gobernador de California, Gavin Newsom, promulgó el Proyecto de Ley de la Asamblea (AB) 832, que extiende las protecciones para inquilinos de espacios residenciales y casas móviles, que enfrentan el desalojo debido a dificultades financieras por COVID-19 hasta el 30 de septiembre de 2021.
Lo mismo sucede en lo local, pues la Moratoria de Desalojo del Condado de Los Ángeles, vigente desde el 4 de marzo del 2020, continuará también hasta el 30 de septiembre de este año, a menos que la Junta de Supervisores local la revoque o, en su caso, la extienda.
Esta moratoria prohíbe en todo el condado los desalojos a inquilinos residenciales y comerciales, incluyendo aquellos que rentan casas móviles. Durante la Moratoria del Condado, los inquilinos no pueden ser desalojados por falta de pago del alquiler por dificultades relacionadas con COVID-19.
Ante ello, Manuel Ruiz, analista de políticas de alto nivel en el Departamento de Consumo y Asuntos Comerciales del condado de Los Ángeles (DCBA), llama a los residentes a ejercer sus derechos y obtener la ayuda para el alquiler de vivienda, sin miedo a aplicar a las solicitudes para el apoyo.
En ese sentido, explicó que la Junta de Supervisores del Condado de Los Ángeles lanzó recientemente Stay Housed LA County, un programa que ofrece servicios legales gratuitos a los inquilinos que enfrentan un desalojo.
Además, el programa ofrece talleres para aprender más sobre sus derechos como inquilino y para conectarse con un abogado o defensor, precisó en una conferencia de prensa realizada por Ethnic Media Services.
Los talleres cubrirán temas como: las protecciones para inquilinos bajo el nuevo proyecto de ley estatal 3088 de la Asamblea; la ordenanza de emergencia del condado de Los Ángeles y las leyes de la ciudad local. La idea es que comprendan mejor qué hacer si sufren acoso por parte de su arrendador o si se les presenta una demanda de desalojo.
Para conocer más sobre el programa, los interesados pueden llamar para inscribirse en un taller, al 1-888-694-0040 o a través del sitio https://www.stayhousedla.org/workshops/.
Por su parte, Jessica Hayes, jefa de Recuperación ante Desastres con el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario de California, detalló que además de la moratoria de desalojos, los residentes del condado Los Ángeles pueden acceder al Programa de Alivio de Alquiler COVID-19 de California.
«El objetivo del programa es ayudar a las familias a permanecer en casa para ayudar a prevenir los desalojos y asegurarse de que los habitantes de estos puedan permanecer unidos».
El programa Ayuda Con La Renta de COVID-19 de California ofrece asistencia financiera para la renta y servicios públicos atrasados y /o los que vengan, a inquilinos del estado con ingresos elegibles, así como a los propietarios afectados por la pandemia, por lo que tanto inquilinos como propietarios pueden aplicar.
Los solicitantes pueden calificar independientemente de su estado migratorio y no se les pedirá que muestren prueba de ciudadanía, además de que toda la información del solicitante será privada.
«El estado de inmigración no es un problema en este programa. No es una pregunta que hagamos», precisó Hayes.
El programa está abierto hasta que se agoten los fondos, y ayuda con el 100 por ciento del alquiler de vivienda y los servicios públicos incumplidos del periodo.
Requisitos del programa de alivio de alquiler de vivienda en Los Ángeles
Inquilinos: Haber sido impactados por el COVID-19, ingresos elegibles (el estado lo calculará cuando aplique), tener alquiler o servicios públicos incumplidos, o necesitar ayuda con el alquiler o los servicios públicos futuros. Se deberá entregar el dinero al arrendador dentro de los 15 días posteriores a la recepción de los fondos.
Propietarios: Tener inquilinos con retraso en el pago del alquiler y necesitar ayuda para sortear dicha pérdida de ingresos; el hogar del inquilino es elegible por ingresos ‒el estado lo calculará cuando aplique‒, y finalmente que todos los pagos que reciba deben utilizarse para satisfacer el alquiler impago del inquilino, que a lo más debe remontarse al 1 de marzo de 2020.
Hayes precisó que el programa busca, sobre todo, priorizar y ayudar a casos en donde los hogares estén por debajo del 80 por ciento de los ingresos medios de la zona. «Así que realmente estamos buscando asegurarnos de que este programa está disponible para tantas personas como sea posible».
Pero, ¿cuáles son las vías para enviar una solicitud? O recibir asistencia para enviar una solicitud?
Así que hay tres maneras en que la gente puede aplicar al programa. La primera es directamente a través del portal https://housing.ca.gov/ con opción de autoservicio, en donde los interesados podrán entrar, iniciar sesión, usar su correo electrónico, su información de contacto, y subir sus documentos. «Y si usted no tiene preguntas acerca de la aplicación, es la forma más fácil».
«Si usted tiene alguna pregunta, animamos a la gente a llegar a nuestro centro de llamadas de Alivio de Alquiler COVID-19, que es el número de teléfono 833 430 2122«, informó Hayes.
Si la gente necesita un poco más de ayuda, o tal vez tengan una discapacidad o necesiten asistencia lingüística, o simplemente no están seguros de qué documentos cargar o tienen barreras tecnológicas como no tener acceso a Internet o no contar con un dispositivo que les ayude a subir los documentos, pueden concertar una cita al número 833 6870 967.
Hayes precisó que el condado de Los Ángeles tiene más de 30 mil solicitudes activas de alivio de alquiler para vivienda y 10 mil más pendientes.
Si un inquilino no puede pagar renta ¿cómo puede aprovechar la ayuda para protegerse de un desalojo?
Cindy Shin, abogada del personal de la Fundación de Ayuda Legal de Los Ángeles que forma parte de Stay Housed Los Angeles, señaló que un arrendador puede presentar un desalojo, sin embargo, los inquilinos siguen contando con derechos.
«En caso de que su propietario realice una acción de retención ilegal en contra del inquilino, hasta que la solicitud de alquiler sea denegada o los fondos sean liberados, se puede suspender cualquier acción de afectación que se lleve por falta de pago«, precisó.
En ese sentido, recordó que tanto inquilinos como arrendatarios son notificados con avisos de tres, 15, 30 y 60 días para evitar que los desalojos se den sin pleno aviso y con ello se puedan presentar reclamos ante la corte.
Si la demanda llegara a presentarse por parte de un arrendatario, «el tribunal envía una notificación diciendo que se ha presentado una demanda, pero el inquilino no está obligado a responder a esa demanda. Hasta que se le entregue personalmente la citación y la demanda, y si no pueden encontrar la manera de entregarse personalmente, entonces obtienen el permiso del tribunal para enviársela por correo».
Pero una vez que se recibe algún tipo de aviso ‒escrito o verbal‒ de la corte o de su arrendador, es importante comunicarse de inmediato con un proveedor de servicios legales.
Ellos pueden determinar los derechos según el lugar de residencia y ayudar a responder mejor a la notificación de la corte para que permanezca en su hogar.
«Sabemos que los inmigrantes, en particular, han sido los más impactados por la pandemia, y tratar de pasar por la devastación y recuperarse es un reto. Por lo que queremos recordar que estos servicios de apoyo están disponibles en todos los condados, independientemente del estatus migratorio».
Te puede interesar: Anuncian extensión de moratoria de desalojo en California